Es un instrumento de tipo preventivo para el control de la corrupción, su metodología incluye cinco (5) componentes autónomos e independientes, que contienen parámetros y soporte normativo propio y existe un componente de iniciativas adicionales que permitan fortalecer su estrategia de lucha contra la corrupción.
La obligación para que las entidades formulen un Plan Anticorrupción y de Atención al Ciudadano nace del Estatuto Anticorrupción, para que propongan iniciativas dirigidas a combatir la corrupción mediante mecanismos que faciliten su prevención, control y seguimiento.
En nuestra entidad, estamos comprometidos con la lucha contra la corrupción y la promoción de la transparencia en cada una de nuestras acciones. Por eso, hemos desarrollado un Plan Anticorrupción robusto, diseñado para fortalecer nuestros mecanismos de control y asegurar que cada proceso sea claro y honesto.
Queremos que estés informado en cada paso. Cualquier modificación a nuestro Plan Anticorrupción será motivada, justificada y comunicada de manera oportuna a la Oficina de Control Interno, a nuestros servidores públicos y, por supuesto, a ti como ciudadano.
El artículo 73 de la ley 1474 de 2011 “Estatuto Anticorrupción” establece que el Plan debe elaborarse por todas las Entidades de orden nacional, departamental y municipal”.
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